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10 septiembre 2018 • Un análisis científico médico-legal bajo una mirada crítica y absolutamente imparcial y objetiva

Moisés Domínguez Núñez

Informe forense de Óscar Losetti sobre el general Balmes

Los guardianes de la historia y creadores de la posverdad nos quieren hacer comulgar con las ruedas de molino de sus prejuicios y “verdades absolutas”.

Viene todo esto a colación por lo que se ha escrito, dicho y vertido en los medios de comunicación, en los últimos tiempos, sobre la muerte del general Amado Balmes Alonso, aquel fatídico día del 16 de Julio de 1936 en el Polígono de tiro de La Isleta en Las Palmas de Gran Canarias.

El profesor Ángel Viñas se ha postulado como el adalid de la teoría conspiranoica que señala directamente a Francisco Franco como inductor del “asesinato” del brigadier. Como le faltan documentos, datos y testigos basa su peregrina tesis en anular, porque lo dice él y punto, todos y cada uno de los testimonios de los compañeros militares que estuvieron con el general Amado Balmes en sus últimos días de vida, así como toda la documentación “franquista” que se armó para aclarar las causas del óbito.

Uno de los puntos fuertes sobre los que sostiene su último libro coral (El Primer Asesinato de Franco, Critica, 2018) es la opinión del patólogo Miguel Ull Laita, coautor del libro, que da su opinión profesional sobre cómo pudo producirse el fatal desenlace y sus consecuencias. Me llamó poderosamente la atención que el citado forense haga sus valoraciones sobre la trayectoria de la bala y cómo pudo afectar a algunos órganos del finado, en especial el bazo, partiendo de la base de un general Balmes, que en el momento del disparo, estaba inmóvil, de pie y en posición de firmes, traigamos, por ejemplo, la imagen de un maniquí inmóvil.

Evidentemente, cuando al general Balmes se le disparó el arma, ni estaba de pie, ni en posición de firmes ni por supuesto inmóvil. Esta circunstancia no es valorada ni tenida en cuenta por el prestigioso forense usado para la ocasión por Viñas. Hay que manifestar que en el momento del accidente el general Balmes se encontraba sentado y ligeramente inclinado hacia delante cuando manipula una de las pistolas que a la postre se le disparó y le causó la muerte.

Quiero cerrar ya este asunto, que tanto ríos de tinta ha derramado, con un informe realizado por el prestigioso forense argentino Oscar Lossetti con el que contacte en febrero de 2016 y que desde un punto de vista objetivo y no contaminado, por una historiografía sectaria y militante, hizo un extraordinario trabajo partiendo de la base de la autopsia realizada al general Balmes, por los cuatro forenses (dos militares y dos civiles)

Sé que el profesor Viñas ni tendrá en cuenta el testimonio del primer enlace que uso Balmes para contactar con Francisco Franco para unirse al alzamiento y que , se puede consultar en http://desdemicampanario.es/2018/07/18/jose-arriaga-cantullera-enlace-del-general-balmes/ ni tendrá en cuenta esta nueva aportación de un profesional con más de nueve mil autopsias a sus espaldas y que aquí queda para cerrar la Historia alrededor de la muerte de un General que murió por y para España.

Óscar Losetti

Aquí dejo los correos que me remitió Oscar Losetti y que son toda una carta de presentación de un gran profesional:

“(23/02/2016) Estimado Moisés, Soy el Prof. Dr. Oscar Ignacio Lossetti, profesor titular de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires. Trabajo como médico forense tanatólogo en el Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, en cuya Morgue Judicial he practicado más de 9000 autopsias en 23 años en la tarea pericial. Me pongo en contacto con Ud. ya que me han pasado su correo electrónico con material sobre el caso. En que considera que pueda serle de valor en su tema. Atte”.

(09/03/2016) Estimado Moisés, te envío el trabajo (archivo adjunto) que me llevó horas de dedicación y apasionado interés. Espero sea de tu agrado. He cumplido con el compromiso. Aguardo tu opinión, y de ser posible, si vas a hacer uso en publicaciones del material de texto enviado, en mucho te agradeceré la mención de mi autoría, y el respeto por el contenido que no sea mutilado por cuestiones de espacio. Sé que la edición, al reducirse, puede conllevar a errores de interpretación que quiero evitar. Asimismo, si sale publicado, tenme avisado, me gustaría saber en que quedó y como quedó. Saludos. Oscar Lossetti”.

Sin más demora, os presento el Informe del forense Oscar Lossetti.

SOBRE EL GENERAL BALMES Y SU MUERTE

He realizado un análisis científico médico-legal bajo una mirada crítica y absolutamente imparcial y objetiva.-
No poseo ningún interés en el caso que me ha consultado por fuera de las ciencias forenses, y por supuesto, me siento eximido de cualquier connotación política o histórica que terceros puedan o deseen darle a mi opinión profesional médico-legal.-

No debe perderse de vista, que en la legislación actual del país en el ámbito en que me desempeño, los que actuamos en la tarea pericial no tenemos permitido hacer ningún tipo de referencia a la caratulación jurídica que se haga respecto de una muerte violenta. En concreto, ello significa que si un hecho se determina jurídicamente como homicidio, suicidio o accidente, pertenece al terreno del Derecho, patrimonio exclusivo del Tribunal que interviene. Si bien como etiología médico-legal contemplamos las tres posibilidades fácticas señaladas, sólo estamos autorizados por nuestra legislación, a opinar sobre si las lesiones observadas han sido autoinferidas, o que descartamos la participación de terceros.-

Es ineludible hacer esta aclaración, atento a que en el análisis que prosigue, no me he apartado de la forma de trabajo a la que estoy sujeto legalmente y acostumbrado desde hace casi 30 años.-

Otro matiz a destacar en la tarea, consiste en que respecto de las declaraciones testimoniales, podemos tomar debido conocimiento desde el ángulo médico-legal para una mejor visión e ilustración del caso que analizamos, pero quedando limitado a realizar una interpretación de la verosimilitud o no que posean conforme a los hechos objetivos observados. La valoración jurídica de los testimonios pertenece a los miembros del Tribunal.-

En principio, doy inicio al análisis, con los elementos de juicio que proporcionan las declaraciones testimoniales, a las que atribuyo un valor de veracidad propio de este tipo de pruebas jurídicas, sin entrar a considerar si ello fue así realmente, dado que un testimonio mendaz es pasible de la punición jurídica, y como ya lo he alertado, excede mis atribuciones.-

En tal sentido, a fines de reconstruir los hechos, cobran valor los siguientes elementos:

Fragmento de la Autopsia del general Balmes

TESTIMONIOS DE INTERÉS MÉDICO-LEGAL:

-) que el 16 de julio de 1936 ente las 09:45 y las 10:30 horas hubo un encuentro del General Balmes con algunas personas antes de ir al Campo de Tiro.-

-) que luego se dirigió en auto al Campo de Tiro con el chofer Escudero Diez y comenzó a probar las armas en cuestión. Téngase presente que ignoro distancias y tiempos que insume el recorrido y la duración de la prueba de las armas hasta que se produce la lesión fatal, pero coloquemos como hipótesis de trabajo que el hecho de la lesión por proyectil de arma de fuego ocurrió alrededor de las 11:00 horas. No he hallado en los testimonios revisados el horario en que ocurrió.-

-) que el fallecido efectuaba las pruebas de tiro sentado, y era diestro. Además no lo describen como un improvisado en el uso de armas, sino todo lo contrario.-

-) que una vez herido, es trasladado al Cuartel; que lo llevarían al Hospital Militar, pero fue derivado finalmente a la Casa del Socorro, que allí tiene un rápido reconocimiento médico y atención básica, y de allí lo trasladan al Hospital Militar (interpreto que lo fue a buscar una ambulancia del Militar a la casa del Socorro) donde lo asisten durante media hora, y finalmente se produce el deceso a las 12:30 horas del 16 de julio de 1936, según la información oficial. Nuevamente, téngase presente que ignoro distancias y tiempos que insumen esos recorridos.-

-) que el único testigo presencial del hecho fue el chofer Escudero Diez.-

– ) que se desprende como hipótesis temporal entre la lesión fatal y el deceso, un lapso de una hora y media.-

– ) que durante el tiempo de sobrevida del General Balmes, dando crédito a los testimonios, queda por cierto que el individuo habló estando herido en varias oportunidades en todas las instancias de su periplo. En ningún momento, interpreto que haya habido relatos o expresiones en que haya manifestado una versión que contradiga que el disparo fue autoinferido, y por obra de la fatalidad.-

ELEMENTOS DE INTERÉS MÉDICO-LEGAL DE LA AUTOPSIA:

– ) La autopsia se realiza el 17 de julio de 1936, en Las Palmas. Téngase presente que ignoro la ubicación geográfica de donde ocurre esto, como así también las distancias entre el Hospital Militar y donde se realizó la autopsia. No he hallado el horario de inicio del procedimiento. Trabajo como hipótesis, que se desarrolló en horas de la mañana, es decir que de ser así, a unas 20 horas de ocurrido el deceso.-

-) Tampoco constan en el informe, datos cadavéricos completos que a mi juicio orienten hacia el crono-tanato-diagnóstico, es decir la data de la muerte, en este caso exclusivamente para estimar con mayor exactitud la hora precisa del inicio de la autopsia (no para otros fines), dado que el día y horario del fallecimiento es preciso.-

– ) Si bien tengo presente que la época de la evaluación y descripción de los parámetros de los fenómenos cadavéricos inmediatos de esta autopsia (hasta 36 horas de ocurrido cualquier óbito) datan de hace 80 años, considero que hay defectos de apreciación en los mismos que los tornan incompletos (ya se conocían en Medicina Legal en ese tiempo histórico). No se evaluó la deshidratación cadavérica, no se registró la temperatura cadavérica, no se consignó la fijación o no de las livideces. La putrefacción poco avanzada a que hacen referencia, no expresa que cambios cadavéricos putrefactivos morfológicos fueron observados para emitir dicha opinión. Entiendo que en verano hay altas temperaturas en la región, por tanto, no es infrecuente observar fenómenos putrefactivos antes de las 36 horas de fallecido. No obstante esta visión crítica, los defectos señalados no hacen a la cuestión.-

– ) de las ropas, dispongo de una descripción enviada por Ud. vía mail en la que se hace constar los daños en la chaqueta militar, de donde se interpreta que existen fenómenos de quemadura, ahumamiento y de depósitos de producto de deflagración de pólvora rodeando la solución de continuidad de la prenda. En el informe de autopsia (casi al final) obra una descripción solo de quemadura de la ropa. Estos datos, sin tener la posibilidad más que interpretativa del texto descriptivo, orientan a una producción del disparo a una distancia teórica entre 1 cm. hasta no más de 5 cm. entre la boca de fuego del arma y la ropa. Tengo presente que las pólvoras utilizadas hace 80 años en esas municiones y en esas armas cortas de hace más de 90 años, generaban una gran cantidad de residuos por la boca de fuego del arma al ser disparadas.-

– ) en cuanto a la descripción lesionológica existente en la autopsia en lo concerniente al disparo cabe señalar:

– localización del orificio de entrada en el cuerpo en relación acorde a la descripción del sitio de la ropa.-

– características morfológicas del orificio de entrada y de su campo circundante que, sin tener la posibilidad más que interpretativa del texto descriptivo, orienta a una producción del disparo a una distancia teórica entre 1 cm. hasta no más de 5 cm. desde la boca de fuego del arma.-

– trayectoria intracorpórea del proyectil que, considero tiene que ser errónea en este aspecto: anatómicamente estimo que a lo que hacen referencia los médicos como lesionado no es el mesenterio (sujeción del intestino delgado), dada la ubicación en epigastrio izquierdo del orificio de entrada, sino el epiplón gastro-cólico y el mesocolon del colon transverso, y la prolongación epiploica gastro-esplénica. Hecha la rectificación, opino entonces que la trayectoria lesiva del proyectil involucró en este orden lo siguiente: piel, tejido celular subcutáneo de la región, peritoneo, ingresa a cavidad abdominal y lesionó epiplón gastro-cólico, colon transverso y su mesocolon en vecindad al ángulo esplénico colónico, prolongación epiploica gastro-esplénica, bazo (lesión transfixiante, es decir, de lado a lado atravesado por completo), masa del músculo psoas-ilíaco izquierdo, quinta vértebra lumbar, y salida cutánea al exterior por orificio situado en la proyección topográfica de dicha vértebra. Destaca la gran cantidad de sangre en la cavidad abdominal. Como observación, llama la atención la ausencia descriptiva de lesión en riñón izquierdo, dada su vecindad topográfica de su polo superior con el bazo, el mesocolon tranverso, y el músculo psoas, pero puede haber sucedido que ese órgano no haya sido afectado por el paso del proyectil (posición sentado, probablemente encorvado hacia delante al manipular el arma descripta como defectuosa).-

– ) no he hallado referencias sobre la salida del proyectil en el plano de ropa, ni tampoco del rescate del proyectil.

Evidentemente salió del cuerpo, pudo haber quedado entre el plano de piel y las ropas.-

CONSIDERACIONES FINALES:

Más allá de los defectos técnicos descriptivos a los que he señalado sin otro espíritu que el médico-legal crítico, y consciente por un lado, del momento histórico en que acaecieron los hechos, y por otro, del momento de la ciencia forense de la época, surge:

– ) existe correspondencia entre la entrada del proyectil al cuerpo, su trayectoria, las lesiones anatómicas, y la salida del proyectil.-

– ) la posición sentado al recibir el disparo, es congruente para la trayectoria descripta.-

– ) la distancia a la que se produjo el disparo se estima entre 1 cm. a no más de 5 cm. entre la boca de fuego del arma y el plano de ropa. Se sustenta en la descripción de los fenómenos de depósito de productos de deflagración de pólvora tanto en el plano de ropa como en el plano cutáneo, que se interpretan de gran magnitud. Estos fenómenos así evidentes, son característicos de las armas que utilizan munición con pólvoras negras; las que utilizan munición con pólvoras sin humo (piroxiladas, de una, doble o triple base, etc.) dejan menos residuo (pero dejan igual); ignoro obviamente la que tenía el arma en cuestión; por inferencia de la época en que tuvo lugar y que además las armas eran “viejas” para ese momento, me inclino a pensar en que se trataría de la primera posibilidad.-

– ) el testimonio del testigo presencial Escudero Diez, es verosímil en cuanto a su interpretación médico-legal.-

– ) el testimonio del propio afectado (o mejor dicho, relatos de terceros sobre sus dichos a los que damos crédito) no hace referencia a terceras persona involucradas. Es más que obvio que, si las únicas personas que estaban al momento de los hechos eran el fallecido y el chofer, si el disparo no fue autoinferido… no queda otro que el chofer para atribuirle autoría. No he hallado testimonios que hubiera podido estar alguien más.-

– ) la sobrevida estimada en una hora y media a modo de hipótesis, tiene correspondencia con las lesiones sufridas y la hemorragia interna mortal. La capacidad real de expresión verbal del herido no admite discusión médica; por otra parte los dichos que le son atribuidos son coherentes en cuanto a la manifestación sintomatológica. Por otra parte, por supuesto que hay que recrear ineludiblemente los factores circunstanciales de tiempo, modo y lugar, pero parecería opinable la existencia de una demora en el traslado del herido para asistencia inmediata. Surge ello, acorde a la gravedad de la herida y a las idas y vueltas en cuanto al decisorio, dado que parecería lo más razonable y aconsejable haberlo trasladado sin más y directamente, al lugar de asistencia que contara con el recurso humano y material de mayor complejidad para la época, sin tantas dilaciones.-

– ) a modo de conclusión: desde el ángulo médico-legal, existen elementos de juicio que permiten sustentar que el disparo fue autoinferido. Y desde lo profano, podemos decir por obra de la fatalidad; aunque diría respetuosamente, que el infortunio habría sido causado por descuido, atribuible a la condición humana de un exceso de autoconfianza en la manipulación de armas que tanto se le atribuía conocer al fallecido.-