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13 julio 2016 • Catecismo Mayor de San Pio X - 74

Desde Mi Campanario

De la acusación de los pecados

La buena y la mala confesión - Anónimo S.XVIII

La buena y la mala confesión – Anónimo S.XVIII

DE LA DOCTRINA CRISTIANA Y DE SUS PARTES PRINCIPALES

PARTE CUARTA

De los Sacramentos

CAPÍTULO VI

De la Penitencia

6º. De la acusación de los pecados al confesor

743. ¿Qué haréis después que os hayáis dispuesto a la confesión con el examen, dolor, y propósito? Después que me haya dispuesto a la confesión con el examen, dolor y propósito iré al confesor y, me acusaré de mis pecados, para obtener la absolución.

744. ¿Qué pecados hemos de confesar por obligación? Hemos de confesar por obligación todos los pecados mortales; aunque es muy bueno confesar también los veniales.

745. ¿Qué condiciones deben acompañar a la acusación de los pecados a confesión? Las principales condiciones que deben acompañar a la confesión de nuestros pecados, son cinco: ha de ser humilde, entera, sincera, prudente y breve.

746. ¿Qué quiere decir que la confesión ha de ser humilde? La confesión ha de ser humilde quiere decir que el penitente ha de acusarse ante el confesor, no con altivez en el ánimo o en las palabras, sino con los sentimientos de un delincuente que reconoce su culpa ante el juez.

747. ¿Qué quiere decir que la confesión ha de ser entera? La confesión ha de ser entera quiere decir que hemos de manifestar con sus circunstancias y número todos los pecados mortales cometidos desde la última confesión bien hecha, y de los cuales tenemos conciencia.

748: ¿Qué circunstancias, hemos de manifestar para que la confesión sea entera? Para que la confesión sea entera hemos de manifestar las circunstancias que mudan la especie del pecado.

749. ¿Cuáles son las circunstancias que mudan la especie del pecado? Las circunstancias que mudan la especie del pecado son:

1º, aquellas por las que una acción pecaminosa de venial se hace mortal;

2º, aquellas por las que una acción pecaminosa encierra la malicia de dos o más pecados mortales.

750. Traedme ejemplo de una circunstancia que mude en mortal un pecado venial. Quien por excusarse dijere una mentira, de las que resultare grave daño al prójimo, debe declarar esta circunstancia, que muda la mentira oficiosa en gravemente dañosa.

751. Traedme ahora ejemplo de una circunstancia por la que una misma acción pecaminosa encierra la malicia de dos o más pecados. Quien hubiere hurtado una cosa sagrada, debe acusarse de esta circunstancia, que añade al hurto la malicia del sacrilegio.

752. Si uno no está cierto de haber cometido un pecado, ¿debe confesarlo? Si uno no está cierto de haber cometido un pecado, no está obligado a confesarlo, pero si quiere confesarlo, ha de añadir que no está cierto de haberlo cometido.

753. ¿Qué ha de hacer quien no recuerda con exactitud el número de sus pecados? Quien no recuerda con exactitud el número de sus pecados, ha de decir el número aproximado.

754. ¿Hizo buena confesión quien calló por puro olvido un pecado mortal o una circunstancia necesaria? Quien calló por puro olvido un pecado mortal o una circunstancia necesaria, hizo buena confesión, si empleó la debida diligencia para recordarlo.

755. Si un pecado mortal olvidado en la confesión nos vuelve a la memoria, ¿estamos obligados a acusarnos de él en otra confesión? Si un pecado mortal olvidado en la confesión nos vuelve luego a la memoria, estamos obligados a acusarnos de él la primera vez que vayamos a confesar.

756. ¿Qué pecado comete quien por vergüenza u otro motivo calla culpablemente en la confesión algún pecado mortal? Quien por vergüenza u otro cualquier motivo calla culpablemente algún pecado mortal en la confesión; profana el Sacramento, y por tanto se hace reo de gravísimo sacrilegio.

757. ¿Qué hará para tranquilizar su conciencia quien calló culpablemente algún pecado mortal en la confesión? Quien calló culpablemente algún pecado mortal en la confesión debe declarar al confesor el pecado que calló, y en cuántas ocasiones lo ha callado, y repetir todas las confesiones desde la última bien hecha.

758. ¿Qué ha de considerar el que se siente tentado a callar algún pecado en la confesión? El que se sintiere tentado a callar un pecado grave en la confesión ha de considerar:

1º. Que no tuvo vergüenza de pecar delante de Dios, que todo lo ve.

2º. Que es mejor descubrir los propios pecados al confesor en secreto que vivir intranquilo en el pecado, morir muerte desastrada y ser afrentado el día del juicio universal delante de todo el mundo.

3º. Que el confesor está obligado al sigilo sacramental, bajo pecado gravísimo y con la amenaza de severísimas penas temporales y eternas.

759. ¿Qué quiere decir que la confesión ha de ser sincera? La confesión ha de ser sincera quiere decir que hemos de declarar los propios pecados como son, sin excusarlos, disminuirlos ni aumentarlos.

760. ¿Qué quiere decir que la confesión ha de ser prudente? La confesión ha de ser prudente quiere decir que en la declaración de los pecados hemos de usar los términos más modestos y que hemos de guardarnos de descubrir pecados ajenos.

761. ¿Qué quiere decir que la confesión ha de ser breve? La confesión ha de ser breve quiere decir que no hemos de manifestar nada inútil al confesor.

762. ¿No es gravoso el tener que confesar a otro los propios pecados, mayormente si son vergonzosos? Aunque el confesar a otro los propios pecados sea gravoso, hay que hacerlo, porque es precepto divino y no se puede alcanzar el perdón de otra manera, y, además, porque la dificultad de confesarse se compensa con los muchos bienes y consuelos grandes que hay en ello.

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